Cómo regularizar una ampliación
Si amplió su casa sin permiso, se puede regularizar. El camino depende de cuándo construyó y de cuántos metros tiene la vivienda. Aquí están los caminos, los pasos, los costos y los plazos.
Hay dos caminos, y la fecha decide
- 1Si construyó antes del 4 de febrero de 2016 y la vivienda cumple los límites de metros y avalúo, va por la Ley del Mono: trámite simplificado, con permiso y recepción juntos.
- 2Si construyó después, o no cumple los límites, va por regularización común: planos completos, revisión de la Dirección de Obras y derechos municipales con recargo.
- 3En los dos casos el resultado es el mismo: la ampliación queda reconocida y la casa con su recepción final.
Cuál le corresponde
Ley del Mono
Construido antes del 4 de febrero de 2016, vivienda de hasta 90 m² y 1.000 UF de avalúo, o de hasta 140 m² y 2.000 UF. Plazo para ingresar: 31 de diciembre de 2027.
Regularización de hasta 100 m²
Ampliaciones que, sumadas, no superan los 100 m². Se presentan con planos, especificaciones y la declaración del arquitecto.
Más de 100 m²
Se regulariza con un expediente de edificación completo, que puede incluir cálculo estructural y especialidades.
¿No sabe cuál es su caso? Para eso existe el informe de factibilidad: una visita y un informe escrito con la vía que corresponde y su precio exacto. Se descuenta si continúa.
Cómo se regulariza
Revisión
Visita, permisos anteriores y normas de su terreno: distancias al vecino, altura y superficie.
Levantamiento
Mido lo construido y dibujo los planos de lo existente.
Ingreso
Formularios del MINVU, planos, especificaciones y certificados en la Dirección de Obras.
Aprobación
Respondo las observaciones hasta obtener el permiso y la recepción.
Honorarios y derechos
Plazo habitual: de 3 a 5 meses. Derechos municipales rebajados, según el tramo.
Plazo habitual: de 4 a 6 meses. Derechos municipales con recargo del 50 %.
Sobre los derechos municipales: se calculan sobre el presupuesto de la obra según la tabla de costos del MINVU: del orden del 1,5 % en una ampliación. Cuando la obra se construyó sin permiso, el artículo 133 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones agrega un recargo del 50 % al regularizar.
¿Quiere regularizar su ampliación?
Cuénteme la comuna, cuándo construyó y cuántos metros tiene. Le digo qué camino corresponde, sin costo.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no regularizo mi ampliación?
La ampliación no existe legalmente: complica vender, pedir un crédito hipotecario o sacar la patente de un local. Además, la municipalidad puede cursar multas y, si la obra no cumple las normas, ordenar su demolición.
¿Cuánto demora regularizar?
Con la Ley del Mono, entre tres y cinco meses. Por regularización común, entre cuatro y seis meses. La mayor parte del plazo es la revisión de la Dirección de Obras y la respuesta a sus observaciones.
¿Qué pasa si mi ampliación no cumple la distancia al vecino?
Depende del caso: a veces se resuelve con un ajuste del proyecto o de la obra, y otras veces la Ley del Mono tiene exigencias distintas. Por eso reviso las normas de su terreno antes de ingresar.
¿Qué documentos tengo que conseguir yo?
La escritura o el título de la propiedad y, si existen, los permisos anteriores. Para la Ley del Mono también el certificado de avalúo fiscal del SII. Los planos, las especificaciones y los formularios los preparo yo.
¿Qué es el recargo del 50 %?
Es un aumento sobre los derechos municipales que se aplica cuando una obra se construyó sin permiso y después se regulariza. Lo establece el artículo 133 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
- Ley General de Urbanismo y Construcciones (DFL 458), artículo 133
- MINVU: formularios de regularización Ley 20.898 (Ley del Mono)
- MINVU: formularios de obra menor
Esta guía es informativa y no reemplaza la revisión de su caso.